jueves, 2 de julio de 2009

Los municipios del departamento Colón decretaron la emergencia sanitaria

El departamento Colón declaró la “Emergencia Sanitaria” con relación a las enfermedades respiratorias y en especial al brote de Gripe estacional y la posibilidad de existencia de casos de gripe A (H1N1) debido a la pandemia que existe en el mundo por un período de treinta (30) días a partir de la publicación del presente, adhiriendo a la declaración dispuesta por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos mediante Decreto Nº 2640/2009.-.
Por tal motivo se dispuso la suspensión de espectáculos y eventos públicos y privados, en lugar cerrados con concurrencia de público, medida que regirá a partir de las cero horas del día tres de julio de 2009 hasta las cero horas del día 14 de julio de 2009.
Esto será para boliches o discos, confiterías, bailables, salones de bailes, bailantas, dancing club, pubs, piano bar con o sin espectáculos en vivo, restaurantes o parrillas con espectáculos en vivo, patio cervecero, whiskerías, club nocturno, cabarets o similares.
Jardines maternales e institutos de enseñanza privados (idiomas, danzas, música, etc.) fiestas infantiles, ciber, salas de video juegos, peloteros.
Lo mismo rige para natatorios cubiertos, y lugares cerrados de práctica deportiva y/o recreativa. Restaurantes, confiterías, comedores, café, café con expendio de bebidas, parrillas, pizzerías, heladerías podrán realizar sus actividades, restringiendo la capacidad de personas y/o mesas para las que fueron habilitadas o que funcionan de manera habitual a 50% a fin de lograr mayor distancia entre ellas.
Eventos masivos ya sean deportivos y/o sociales y/o culturales.
A los clubes a no realizar eventos masivos ya sean deportivos y/o sociales;
El cierre o cese de actividades de clubes y asociaciones deportivas, centros comunitarios, centros de esparcimiento con asidua concurrencia de público.
Desde el municipio se recomendó a la población evitar las aglomeraciones y reuniones de personas en general, considerando lugares de alto riesgo, locales de esparcimiento nocturno, confiterías, bares, restaurantes y gimnasios como así también lugares cerrados con baja circulación de aire y permanencia de personas, ya sea privados, instituciones, clubes, centros de jubilados, etc., incluyéndose actividades industriales, comerciales y sociales de tales características, extremando las medidas de distanciamiento social.-
También se dispuso la non realización de actividades organizadas por el municipio y que importan la convocatoria en espacios cerrados de menores y adultos, esto es aquellas que se realizan en escuelas y talleres municipales de educación artística, así como las distintas actividades efectuadas por cualquiera de las dependencias municipales.

Severas multas
La infracción a las medidas dispuestas en la presente norma, serán sancionadas con multa de $1000 a $10.000 y/o clausura, sin perjuicio de disponer la caducidad de la habilitación comercial.-
En las oficinas publicas, entidades bancarias y comercios con gran afluencia de público deberán arbitrarse todas aquellas medidas de prevención aconsejadas por la autoridad sanitaria. Finalmente se exhortó a la población a apoyar y colaborar en el cumplimiento de las medidas dispuestas, adoptando todas aquellas prácticas de higiene recomendadas por las autoridades sanitarias.

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